Términos y condiciones del Laboratorio de simulación de entornos Herbrechtingen

Términos de rendimiento y servicio generales de OSRAM GmbH

Para la ejecución de servicios.

Información general

1. Se aplican los siguientes términos para los servicios de OSRAM GmbH (en adelante, “OSRAM”). OSRAM no aceptará los términos del cliente que difieran de los suyos a no ser que OSRAM haya accedido expresamente por escrito a su aplicabilidad. Los Términos de rendimiento y servicio también se aplican en el caso de que OSRAM ofrezca sus servicios al cliente sin reservas a sabiendas de la existencia de términos del cliente que difieren de los presentes Términos de rendimiento y servicio.

Los presentes Términos de rendimiento y servicio se aplican exclusivamente a empresarios.

2. Las ofertas de OSRAM están sujetas a modificaciones a no ser que se haya acordado lo contrario por escrito en casos individuales.

Servicio

3. Respecto a las obligaciones de servicio de OSRAM, solo se han de aplicar aquellas solicitudes confirmadas por escrito por OSRAM.

4. La prestación de servicios se llevará a cabo en fábrica, conforme con Incoterms® 2010.

5. Los retrasos o limitaciones del servicio que surjan sin culpa alguna de OSRAM o que se puedan atribuir de forma demostrable a la movilización militar, guerra, levantamiento, huelga, cierre patronal legítimo u obstáculos imprevistos que se hallan fuera del control de OSRAM resultarán en la ampliación razonable del plazo del servicio mientras dichos impedimentos sigan presentes. Si el impedimento permaneciese durante más de tres meses, ambas partes tendrán derecho a finalizar el contrato. OSRAM reembolsará al cliente sin demora las posibles consideraciones que este le haya suministrado.

6. Si por parte de OSRAM se produjesen retrasos en la prestación del servicio por negligencia, la responsabilidad sobre los daños y perjuicios derivados de dicho retraso (indemnización y rendimiento) se limitará al 5 % del precio del servicio provisto con retraso, y la responsabilidad por los daños y perjuicios derivados del rendimiento se limitará al 30 % del servicio provisto con retraso. La responsabilidad por lesiones corporales, daños a la salud y muerte no se verán afectados.

Confidencialidad y propiedad intelectual

7. Ambas partes mantendrán los secretos empresariales y comerciales obtenidos durante la relación contractual con la otra parte y su uso con sus propios fines no está justificado. OSRAM tendrá derecho a realizar subcontrataciones para completar las tareas del cliente. Dichos socios están sujetos a las mismas obligaciones derivadas de los términos de confidencialidad. La parte correspondiente receptora de información obtenida o derivada de las relaciones contractuales la tratará con confidencialidad, excepto en caso de que dicha información sea conocida o esté disponible públicamente, que la parte receptora ya la conociera anteriormente o que esta la obtuviese de un tercero sin incumplir un acuerdo sobre la confidencialidad.

8. La parte transmisora se reserva sus derechos sobre toda la información y, en caso de OSRAM, también sobre sus procedimientos o métodos de prueba, así como todos sus dispositivos o equipos.

Garantía

9. La reclamación por mercancía defectuosa se ha de entregar por escrito. Si OSRAM halla un defecto durante la inspección del producto, corregirá los servicios prestados o emitirá una nota de crédito por valor del precio del producto, a elección de OSRAM. Si las reparaciones no se realizan correctamente o el cliente no las considera aceptables, este podrá rescindir el contrato o reducir el pago. Las reclamaciones por daños y perjuicios solo se aplican de acuerdo con las condiciones previas establecidas en los artículos 11 y

10. Las reclamaciones por defectos expirarán tras el plazo de prescripción. Las reclamaciones derivadas de daños a la salud, lesiones físicas o muerte y las reclamaciones derivadas del incumplimiento intencionado o negligente de los deberes expirarán también de acuerdo con las disposiciones legales.

Daños y perjuicios

11 y Las reclamaciones por daños y perjuicios del cliente se excluyen a menos que el daño se haya causado de forma intencionada o por negligencia no intencionada por parte de OSRAM o sus agentes o representantes legales (§ 278 BGB) o en tanto que el daño no se haya producido por la violación de las obligaciones del contrato en base a los materiales. De esta manera, las obligaciones materiales contractuales son aquellas que se deben cumplir para que se pueda aplicar correctamente el contrato y cumplir con las obligaciones generales del cliente.

En tanto que OSRAM sea responsable conforme con la cláusula anterior, su responsabilidad se verá limitada a 2 millones de euros por acontecimiento que haya originado un daño. Esto no será aplicable en el caso excepcional de que un daño que normalmente se pueda anticipar resulte ser mayor tras la finalización del contrato. En este caso, la responsabilidad se verá limitada a la predicción mayor de daños. Las anteriores cláusulas no implican cambios en la carga de la prueba en perjuicio del cliente.

Las responsabilidades que surjan de lesiones corporales, daños a la salud o muerte por causas imprudentes, de una garantía de calidad o en caso de la ocultación dolosa de un defecto; así como las responsabilidades basadas en la legislación de responsabilidad sobre los productos, no se verán afectadas.

Excepto en estos casos, las reclamaciones de responsabilidad contra OSRAM se verán excluidas. Las mencionadas limitaciones de responsabilidad se aplican, respectivamente, si el cliente reclama el reembolso de los gastos en lugar de realizar una reclamación por daños y perjuicios.

En el caso de daños y perjuicios causados por retrasos, se aplicará de forma adicional la cláusula número 6.

Términos de precios y pago

12. Los precios se proporcionan en la divisa acordada, en neto (sin incluir cargos ni impuestos) y sin deducciones en la fábrica conforme con Incoterms® 2010. Si se aplica IVA, los precios indicados por OSRAM no incluirán el IVA en su respectivo importe reglamentario.

13. El pago se efectuará en la divisa acordada en la ubicación de pago indicada por OSRAM. El plazo de pago coincidirá con la fecha con la fecha de la factura de OSRAM. A menos que se acuerde lo contrario, las facturas se han de pagar en los días de facturación, en un plazo de 30 días.

14. En caso de impago, se aplicarán intereses por retraso de hasta un 8 % anual sobre el tipo de interés básico aplicable. La ejecución forzosa por daños mayores no se verá afectada.

15. En caso de impago, el cliente afrontará las pérdidas por el cambio en euros en el plazo estipulado.

Control de exportaciones

16. Si el cliente transfiere a un tercero en cualquier parte del mundo los trabajos y servicios (incluyendo toda clase de asistencia técnica) suministrados por OSRAM, el cliente deberá cumplir todos los reglamentos de control de exportaciones y reexportaciones nacionales e internacionales. En todos los casos, el cliente deberá cumplir los reglamentos de control de exportaciones y reexportaciones de la República Federal de Alemania, la Unión Europea y los Estados Unidos de América.

Si se requiere la realización de comprobaciones de control de exportaciones, el cliente, previa solicitud de OSRAM, proporcionará de inmediato a OSRAM toda la información sobre los clientes finales particulares, el destino y el uso previsto de los bienes, obras y servicios provistos por OSRAM, así como cualquier restricción existente para el control de exportaciones. El cliente deberá indemnizar y eximir de responsabilidades a OSRAM por toda reclamación, procedimiento o acción legal, multa, pérdida, coste o daño derivado del incumplimiento del cliente del reglamento de control de exportaciones. Asimismo, el cliente deberá indemnizar a OSRAM por todas las pérdidas y gastos resultantes, a menos que el cliente no haya incurrido en dicho incumplimiento. Esta cláusula no implica cambios en la carga de la prueba.

17. La obligación de cumplimiento del presente acuerdo por parte de OSRAM está sujeta a la condición de que no se produzcan incumplimientos debidos a los impedimentos causados por la regulación aduanera o de comercio exterior, o bien por embargos u otras sanciones.

Materiales peligrosos

18. El cliente deberá dar aviso por escrito sobre la presencia de materiales de muestra peligrosos (peligrosos en el sentido que se describe en las Normativas relativas a mercancías peligrosas) al realizar el pedido, y después deberá marcar dichos materiales de acuerdo con las leyes pertinentes y el embalaje.

Elección de la ley y jurisdicción aplicables

19. Se aplicará la ley de la República Federal de Alemania. Se excluirá la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de compraventa internacional de mercaderías del 11 de abril de 1980 y del derecho internacional privado.

20. Si el cliente es comerciante, Múnich será el fuero competente de todos los litigios relacionados con el contrato ya finalizado con el cliente. Sin embargo, OSRAM también tiene el derecho de realizar reclamaciones al cliente en el fuero general del cliente.

Divisibilidad

21. En tanto que se invaliden cláusulas individuales de los presentes Términos de rendimiento y servicio, esto no afectará a la validez de las cláusulas restantes. En lugar de la normativa no válida, se aplicarán las disposiciones legales.

Noviembre de 2014

Contacto

Laboratorio de simulación de entornos
An der Bahnbrücke, 89542 Herbrechtingen